martes, 26 de agosto de 2014

UNSCH : SOBRE COMITE ELECTORAL

NOTA DE PRENSA Nº 044- 2014

UNSCH ACLARA SOBRE ENTORPECIMIENTO DE ACCIONES POR PARTE DE ALGUNOS MIEMBROS DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO TRANSITORIO Y AUTÓNOMO

La Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga a través de la Comisión de Orden y Gestión informa a la comunidad universitaria y opinión pública en general que, en cumplimiento estricto de la Ley Universitaria N° 30220 y según Resolución N° 011-2014-UNSCH-COG-R, de fecha 18 de julio de 2014, se conformó el Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo de la UNSCH, designándose como Presidente al Dr. Víctor Humberto Alegría Valeriano, por ser el Docente más antiguo en la categoría de PRINCIPAL; sin embargo en el Acta de Instalación de dicho órgano (04 de agosto de 2014) se advierte que resultó elegido como Presidente el Ing. José Anzani Canzio Álvarez (tercero como Profesor más antiguo en la categoría de Principal), denotándose una clara transgresión a lo establecido en el Cuarto Párrafo de la Primera Disposiciones  Complementarias Transitorias de la Ley Universitaria vigente.

Ante lo mencionado, se declara la nulidad del Acta de Instalación mediante Resolución N° 062-2014-UNSCH-COG-CU de fecha 20 de agosto de 2014, procediéndose a citar nuevamente a los miembros del Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo para el día viernes 22 de agosto de 2014 a las 17:00 horas según consta en documento existente de CARGOS con las firmas correspondientes.

Es importante señalar en tal sentido, que ante los representantes de la ONPE Ayacucho según consta en Actas, y en presencia de los miembros de la Comisión de Orden y Gestión, además del Secretario General de la UNSCH y Asesor Jurídico de la UNSCH; MANIFESTAMOS NUESTRA EXTRAÑEZA, pues, a excepción del Dr. Víctor Humberto Alegría Valeriano y Alumno Alexander Auccapuclla Ccarhuaypiña; los demás miembros del Comité Electoral Universitario NO cumplieron con estar presentes en dicho Acto de Instalación.

Finalmente, es oportuno comunicar que la Comisión de Orden y Gestión PROCEDERÁ A CITAR nuevamente mediante documento notarial, además de la publicación oficial de las citaciones en el Diario Judicial; y en caso de una nueva negativa se adoptarán las decisiones y acciones administrativas y legales pertinentes enmarcadas dentro de la Ley, subrayando además que NO SE PERMITIRÁ el entorpecimiento de acciones para  el adecuado efecto funcional del Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo, y por ende, el fortalecimiento y dinamismo de la institucionalidad universitaria que actualmente se encuentran en pleno funcionamiento académico y administrativo.


OFICINA GENERAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL.
  (CON EL RUEGO DE SU DIFUSIÓN).

Ayacucho, 25 de agosto de 2014.

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